LA DEMOCRACIA PURA Y UNA REPÚBLICA LIBRE, por Brutus
“En todo gobierno, la voluntad del soberano es la ley. En una democracia pura, el soberano es el pueblo y dicta su voluntad por sí mismo; para ello, todos sus miembros han de reunirse para deliberar y decidir. Este tipo de gobierno no puede ser ejercido, por tanto, sobre un país de extensión considerable, sino que debe reducirse a una sola ciudad, o al menos contenerse dentro de los límites que permitan al pueblo reunirse sin dificultad, debatir, entender la materia que se somete a su consideración y emitir su opinión al respecto. En una república libre, si bien todas las leyes se derivan del consentimiento del pueblo, éste no otorga su consentimiento por sí mismo, personalmente, sino a través de representantes que él elige, a los que se supone conocedores de la opinión de sus electores, y con la integridad suficiente para llevarla a efecto. En todo gobierno libre, el pueblo debe prestar su consentimiento a las leyes por las que se rige. Éste es el verdadero criterio de distinción entre un gobierno libre y uno arbitrario. El primero gobierna según la voluntad del pueblo, expresada conforme al modo que hayan acordado; el segundo se rige por la voluntad de uno solo o de unos pocos. Si el pueblo ha de prestar su consentimiento a las leyes, a través de personas elegidas y designadas por él mismo, la forma de elección y el número de representantes deben ser tales que éstos compartan el parecer del pueblo, y estén dispuestos y, por tanto, capacitados para expresarlo. Pues si no conocen o no están dispuestos a expresar el sentir del pueblo, no es el pueblo quien gobierna, sino que unos pocos ejercen la soberanía.”
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A los CIUDADANOS del ESTADO de NUEVA YORK:
Cuando se convoca al público para que estudie y decida una cuestión que no sólo atañe profundamente a los actuales miembros de la comunidad, sino de la que en gran medida dependen la felicidad o la desdicha de futuras generaciones, el espíritu benévolo no puede evitar sentirse particularmente interesado en el resultado.
En esta situación, confío en que los débiles esfuerzos de un individuo para conducir a las mentes del pueblo a una decisión sabia y prudente resulten aceptables para el sector honesto y desapasionado de la comunidad. Alentado por esta consideración, me he visto inducido a exponer mis ideas acerca de la actual y grave crisis de nuestros asuntos públicos.
UNA CONSTITUCIÓN JUSTA ESTÁ CONCEBIDA PARA CONSERVAR LOS PRECIOSOS DONES DE LA LIBERTAD, GARANTIZAR LOS INESTIMABLES DERECHOS DE LA HUMANIDAD Y FOMENTAR SU DICHA
Tal vez nuestro país nunca haya presenciado un período tan crítico en nuestra vida política. Hemos experimentado la debilidad de los vínculos que mantienen juntos a estos Estados Unidos, y, en ocasiones, la falta de energía suficiente en nuestra actual confederación para ocuparse de los asuntos generales. Se han propuesto diferentes remedios para solventar estos males, pero ninguno ha prosperado. Finalmente, se ha reunido una Convención de Estados que ha redactado una Constitución que ahora, probablemente, se someta a la aprobación o rechazo del pueblo, fuente de todo poder y a quien pertenece en exclusiva el derecho de hacer o deshacer constituciones, o formas de gobierno, según le plazca.
Ante vosotros se halla la más importante cuestión jamás sometida a vuestra consideración, o a la consideración de pueblo alguno sobre la faz de la tierra, y os corresponde decidir mediante hombres de vuestra elección, especialmente escogidos para este propósito. Si la Constitución que se os propone es justa, y ha sido concebida para conservar los preciados dones de la libertad, para garantizar los inestimables derechos de la Humanidad y fomentar su dicha, entonces, dándole vuestra aprobación sentaréis las duraderas bases de la felicidad de millones de descendientes y las generaciones futuras se alzarán para bendeciros.
Podéis regocijaros ante la perspectiva de que este vasto continente se llene de hombres libres que proclamen la dignidad de la naturaleza humana. Podéis solazaros con la idea de que la sociedad de esta tierra favorecida avance hasta el punto culminante de la perfección; que el espíritu humano se expanda en conocimiento y virtud, y la edad dorada, en cierta medida, se haga realidad. Pero si, por el contrario, esta forma de gobierno contiene principios que llevarán al aplastamiento de la libertad, si su tendencia es la de establecer el despotismo o, lo que es peor, una aristocracia tiránica, entonces, si la aprobáis, ese último refugio de la libertad perecerá y la posteridad denigrará vuestra memoria.
Por tanto, la cuestión que debéis resolver es trascendental, y todas las razones que debieran influir a una mente noble y virtuosa os instan a examinarla con detenimiento y a tomar una decisión sensata. Se insiste, de hecho, en que ha de acogerse esta Constitución, aunque sea tan imperfecta. Si tiene algunos defectos, se dice, podrán remediarse mejor cuando se experimenten. Pero recordad que cuando el pueblo se desprende del poder rara vez o nunca puede recuperarlo de nuevo sin recurrir a la fuerza. Pueden mostrarse muchos ejemplos en los que el pueblo ha aumentado voluntariamente los poderes de sus gobernantes, pero pocos, si acaso alguno, en que los dirigentes hayan disminuido su autoridad de buen grado. Esta razón basta para para impulsaros a ser prudentes a la hora de confiar los poderes del gobierno. [...]
La historia no nos muestra ningún ejemplo de república libre semejante en extensión a los Estados Unidos. Las repúblicas griegas eran pequeñas, al igual que la de los romanos. En ambos casos, ciertamente, con el paso del tiempo las conquistas alcanzaron vastas extensiones, y la consecuencia fue que sus gobiernos pasaron ser libres a convertirse en los más tiránicos que jamás existieron en el mundo.
No sólo se oponen a la idea de una república extensa la opinión de los más grandes hombres y la experiencia de la Humanidad; también es posible formular argumentos en contra, derivados de la razón y de la naturaleza de las cosas. En todo gobierno, la voluntad del soberano es la ley. En el caso de un gobierno despótico, puesto que la suprema autoridad está en manos de un solo individuo, su voluntad es ley y puede aplicarse tanto a un territorio amplio como a uno reducido. En una democracia pura, el soberano es el pueblo y dicta su voluntad por sí mismo; para ello, todos sus miembros han de reunirse para deliberar y decidir. Este tipo de gobierno no puede ser ejercido, por tanto, sobre un país de extensión considerable, sino que debe reducirse a una sola ciudad, o al menos contenerse dentro de los límites que permitan al pueblo reunirse sin dificultad, debatir, entender la materia que se somete a su consideración y emitir su opinión al respecto.
ALLÍ DONDE LOS REPRESENTANTES NO CONOCEN O NO EXPRESAN LA OPINIÓN DEL PUEBLO, NO ES ES EL PUEBLO QUIEN GOBIERNA, SINO QUE UNOS POCOS EJERCEN LA SOBERANÍA
En una república libre, si bien todas las leyes se derivan del consentimiento del pueblo, éste no otorga su consentimiento por sí mismo, personalmente, sino a través de representantes que él elige, a los que se supone conocedores de la opinión de sus electores, y con la integridad suficiente para llevarla a efecto.
En todo gobierno libre, el pueblo debe prestar su consentimiento a las leyes por las que se rige. Éste es el verdadero criterio de distinción entre un gobierno libre y uno arbitrario. El primero gobierna según la voluntad del pueblo, expresada conforme al modo que hayan acordado; el segundo se rige por la voluntad de uno solo o de unos pocos. Si el pueblo ha de prestar su consentimiento a las leyes, a través de personas elegidas y designadas por él mismo, la forma de elección y el número de representantes deben ser tales que éstos compartan el parecer del pueblo, y estén dispuestos y, por tanto, capacitados para expresarlo. Pues si no conocen o no están dispuestos a expresar el sentir del pueblo, no es el pueblo quien gobierna, sino que unos pocos ejercen la soberanía. Ahora bien, en un país extenso es imposible tener una representación que comparta la opinión del pueblo y posea la integridad necesaria para expresarla, sin ser tan numerosa e inmanejable como para verse expuesta a los inconvenientes de un gobierno democrático.
El territorio de los Estados Unidos es de una gran amplitud; en la actualidad cuenta con cerca de tres millones de almas y puede albergar hasta diez veces este número. ¿Es factible que un país tan extenso y poblado como pronto lo será éste elija representantes que expresen sus puntos de vista, sin que su número sea tan elevado como para que resulte imposible despachar los asuntos públicos? Ciertamente no.
En una república, los actos, el sentir y los intereses del pueblo han de ser similares. Si éste no es el caso, se producirá una constante confrontación de opiniones y la representación de una parte se hallará en continua disputa con los de la otra. Esto supondrá un lastre para el funcionamiento del gobierno e impedirá que se adopten las disposiciones que fomente el bien público. Si aplicamos esta observación a las circunstancias de los Estados Unidos, nos convenceremos de que éstas no nos permiten que tengamos un gobierno único. Los Estados Unidos comprenden una gran variedad de climas. Las producciones de las diferentes partes de la Unión son muy diversas, y sus intereses, por tanto, distintos. Sus usos y costumbres difieren tanto como sus climas y producciones, y sus opiniones son en absoluto coincidentes. Las leyes y las costumbres de los diferentes Estados son en bastantes aspectos muy diversas y en algunos casos opuestas. Cada Estado estaría a favor de sus propios intereses y costumbres y, en consecuencia, un cuerpo legislativo integrado por representantes de las respectivas partes, no sólo sería demasiado numeroso para actuar con algún cuidado o determinación, sino que se compondría de principios tan heterogéneos y discordantes que constantemente estarían enfrentados entre sí.
Las leyes no pueden llevarse a efecto con prontitud en una república tan extensa como los Estados Unidos.
Para la aplicación de las leyes, los dirigentes de todo gobierno han de contar con el apoyo de un brazo armado, sostenido a tal efecto con cargo al erario público, o bien con el del pueblo, dispuesto a acudir en ayuda del gobernante en caso de resistencia. [...]
Una república libre nunca mantendrá un ejército permanente para aplicar sus leyes. Debe depender del apoyo de sus ciudadanos. Pero cuando un gobierno ha de recibir sus apoyos de la ayuda de los ciudadanos, debe estar configurado de tal manera que pueda merecer la confianza, el respeto y la estima del pueblo. Los hombres que, ante la llamada del gobernante, se prestan a ejecutar las leyes, lo hacen por aprecio al gobierno, o bien por miedo. Cuando hay un ejército permanente a mano para castigar a los transgresores, todo hombre actúa movido por este último principio y, por tanto, lo que el gobernante disponga, será obedecido. Pero cuando éste no es el caso, el gobierno debe obtener un respaldo basado en la confianza y en el respeto que el pueblo le conceda a él y a sus leyes. Si cuenta con la adhesión del grueso del pueblo, el gobierno siempre se bastará para sostener y llevar a efecto sus leyes, y para actuar sobre los miedos de cualquier facción que se le pueda oponer, de manera que no sólo se evite la oposición a la aplicación de las propias leyes, sino que se inste a la mayoría a prestar su apoyo al gobernante.
LA CONFIANZA QUE EL PUEBLO TIENE EN SUS GOBERNANTES, EN UNA REPÚBLICA LBRE, BROTA DEL HECHO DE CONOCERLOS, DE QUE RESPONDAN DE SU CONDUCTA Y DE LA CAPACIDAD DE EXPULSARLOS CUANDO SE COMPORTEN INCORRECTAMENTE
Pero no es probable que en una república tan amplia como los Estados Unidos, el pueblo confíe tanto en sus dirigentes como resulta necesario para estos fines. La confianza que el pueblo tiene en sus gobernantes, en una república libre, brota del hecho de conocerlos, de que respondan de su conducta y de la capacidad de expulsarlos cuando se comporten incorrectamente. Pero en una república de las dimensiones de este continente, el pueblo en general conocerá a muy pocos de sus dirigentes, ignorará sus actos, y resultará extremadamente difícil cambiarlos. Los pueblos de Georgia y de New Hampshire no conocerían las opiniones el uno del otro y, por tanto, no podrían obrar de forma concertada para llevar a cabo un relevo general de representantes. Las diversas partes de un país tan extenso no podrían llegar a conocer la conducta de sus representantes, ni estar informadas de las razones en que se basan las medidas adoptadas. En consecuencia, no confiarán en sus respectivos cuerpos legislativos, sospecharán de sus ambiciones, verán con recelo toda disposición que adopten, y no apoyarán las leyes que aprueben. De manera que habrá un gobierno exangüe e ineficiente, y no podrá ser de otro modo, salvo que se establezca una fuerza armada para ejecutar las leyes a punta de bayoneta. Y este es, de todos los gobiernos, el más temible.
En una república tan vasta como los Estados Unidos, el cuerpo legislativo no puede atender a todos los intereses y necesidades de sus diversas partes. No puede ser lo suficientemente numeroso como para conocer las circunstancias y carencias locales de sus diferentes distritos, y si pudiera, sería imposible que tuviera suficiente tiempo para despachar y resolver todos los asuntos de esta naturaleza que continuamente surgirían.
En una república tan extensa, quienes ocupan los grandes cargos del gobierno pronto se sustraerían al control del pueblo y abusarían de su poder para engradecerse a sí mismos y oprimir a éste. Las tareas encomendadas a los cargos ejecutivos, en un país de la extensión de los Estados Unidos, han de ser diversas y muy amplias. El mando de la infantería y de la marina de la república, la designación de cargos públicos, la facultad de conceder indultos, la recaudación de todos los ingresos públicos y el poder de disponer su gasto, así como otras competencias, deben confiarse en todo Estado, en manos de unos pocos. Cuando dichas competencias están acompañadas de grandes honores y retribuciones, como siempre ocurrirá en los Estados extensos, de modo que muchos hombres se interesen por obtenerlas y puedan convertirse en el objetivo de individuos ambiciosos e intrigantes, éstos no cejarán en su empeño por conseguirlas. Una vez adquirido el poder, lo usarán con el fin de satisfacer su propio interés y ambición, y es extremadamente difícil, en una república muy grande, hacer que respondan de su mal comportamiento o impedir sus abusos de poder.
Éstas son algunas de las razones que demuestran que una república libre no puede subsistir en un país tan extenso como estos Estados. Por tanto, si la idea que inspira a la nueva Constitución es fusionar todos los Estados en uno, como parece evidente, no debería ser aprobada.
Aunque opino que establecer un gobierno único de toda la Unión en forma de república es ya una razón suficiente para rechazar el proyecto, aunque cuando se hiciera caso omiso de esta objeción seguiría habiendo en él defectos tan importantes y fundamentales, que deberían empujar a todo amigo de la libertad y la felicidad humanas a no adoptarlo. Ruego que mis compatriotas me concedan su atención franca y desapasionada, al exponer estas objeciones: me han acudido a la mente tras una atenta consideración del asunto y sinceramente me parecen bien fundadas.
Existen muchas objeciones de menor relevancia, a las que no haré referencia, pues no cabe esperar la perfección de ningún producto humano. Pero si no creyera en conciencia que este plan es defectuoso en sus principios fundamentales, sobre cuya base ha de asentarse un gobierno libre e igual, guardaría silencio.
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BRUTUS, 18 de octubre de 1787. Artículos federalistas y antifederalistas – El debate sobre la Constitución americana. Alianza Editorial, 2002. Traducción: Pablo LLedó, 2002.
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